NACIONAL

INDH logró condenas para dos ciudadanas venezolanas por trata de personas con fines de explotación sexual y tráfico de migrantes

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  • INDH actuó como querellante en esta causa, que se inició luego de que en 2021 a una mujer de 21 años y su hija de 3 años las trasladaran por pasos no habilitados a Chile.
  • El Cuarto TOP informará la sentencia el próximo 2 de noviembre.

El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago declaró culpables de los delitos de trata de personas con fines de explotación sexual y tráfico ilícito de migrantes a las ciudadanas venezolanas A.E.C. y Y.A.R. Este caso, donde la sede de la Región Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) actúa como querellante, abordó hechos que afectaron a una mujer venezolana de 21 años y a su hija de sólo 3 años.

Según el veredicto, se acreditó que en diciembre de 2021 las acusadas hicieron varias acciones a fin de captar y luego trasladar a la víctima de Venezuela a Chile. Gestionaron su viaje utilizando “asesores”. Ese nombre se da a los coyotes que facilitan el cruce de frontera por pasos no habilitados. La promesa de trabajo a la víctima era que sería niñera del hijo de A.E.C. en Santiago. Ésta última estaba embarazada. Dada la situación de vulnerabilidad de la afectada, fue un ofrecimiento conveniente. Así, podría cuidar a un recién nacido al mismo tiempo que a su propia hija.

Sin embargo, al llegar a Chile en enero de 2022, las perpetradoras le dijeron sus verdaderas intenciones. De acuerdo con el veredicto, la llevaron a una casa en Rancagua. Ahí la obligaron a ejercer la prostitución. Esto involucraba el pago de una “multa”. El término se usa para denominar la deuda que deben pagar las mujeres explotadas y luego obligadas a ejercer el comercio sexual. Mientras, la hija de la víctima quedó retenida en Santiago, al cuidado de A.E.C. y de otras personas.

Delitos contra los derechos humanos

Los delitos por los cuales el tribunal condenó a ambas mujeres son graves atentados contra los derechos humanos. La trata de personas constituye una gravísima violación de los derechos de las víctimas. Las mismas reciben un trato semejante a una mercancía. Se les despoja de cualquier humanidad. Al mismo tiempo, a raíz de la violencia que rodea a estos crímenes, se encuentran indefensas, desprotegidas y aterradas.

De acuerdo con el Alto Comisionado de la ONU para los DD.HH., existe un amplio consenso internacional en torno a que, para analizar los casos de trata, se debe ocupar un enfoque basado en los DD.HH.. Eso implica aplicar normas de los tratados internacionales de DD.HH. y la promoción y protección de los DD.HH. de las víctimas a través de todo el ciclo de la trata.

En cuanto al tráfico ilícito de migrantes, los estándares internacionales de DD.HH. obligan a los Estados a tomar las medidas de debida diligencia para sancionar a quienes los perpetren. De este modo, se pone fin a la impunidad y se garantiza que las víctimas -la mayoría de ellas en evidente situación de vulnerabilidad- puedan ejercer sus derechos fundamentales.

El tribunal dará a conocer la sentencia el 2 de noviembre, a las 11 horas.

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