La Cámara despachó a ley dos reformas clave al sistema electoral: una restablece sanciones por no sufragar y otra eleva de 5 a 10 años el tiempo de residencia exigido a extranjeros para votar.
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó a ley dos proyectos que modifican las normas electorales en Chile. El primero repone la multa por no votar en elecciones obligatorias, la que será de entre 0,5 y 1,5 UTM (aproximadamente entre $34.000 y $104.000), y se aplicará solo a ciudadanos chilenos y nacionalizados. Quedarán exentos quienes estén enfermos, fuera del país, a más de 200 km del local de votación, cumplan funciones electorales, tengan discapacidad certificada o presenten un impedimento grave acreditado ante el juez de policía local.
El segundo proyecto modifica la Constitución para exigir que los extranjeros estén avecindados en Chile por al menos 10 años ininterrumpidos —desde la obtención de su residencia definitiva— para poder votar. Además, durante ese período no podrán salir del país por más de 90 días en un año. Esta nueva norma comenzará a regir a partir de 2026, por lo que en las elecciones de noviembre de 2025 se mantendrán las condiciones actuales, que permiten sufragar tras cinco años de residencia temporal.

