REGIONAL

DGA prioriza consumo humanos de agua y autoriza extracción transitoria al APR de Zapahuira-Murmuntani

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En el marco de la implementación de la reforma al Código de Aguas, la Dirección General de Aguas (DGA) del Ministerio de Obras Públicas autorizó, por primera vez en la macrozona norte, este permiso mientras se tramita el derecho de aprovechamiento de aguas definitivo. 

El director general de Aguas del MOP, Rodrigo Sanhueza, entregó al Comité de Agua Potable Rural Zapahuira-Murmuntani la resolución que los autoriza en forma transitoria a hacer uso de 0,5 litros por segundo mientras se tramita el derecho de aprovechamiento de aguas. 

La extracción transitoria de aguas superficiales es posible gracias a la modificación del Código de Aguas -vigente desde abril de este año-, que estableció la priorización del consumo humano del agua, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia. Además de velar por el equilibrio entre la función ecosistémica y productiva que cumplen las aguas. 

En la actividad, participaron también Andrés Romero; el representante de la Municipalidad de Putre, Fabián Hilaja e integrantes del Comité de APR, encabezado por su presidente Francisco Humire. 

“Hoy presenciamos un hecho concreto que va en directo beneficio de la población para asegurar el derecho humano de acceso al agua potable, ya que cuando una solicitud de derecho de aprovechamiento de aguas de un Comité o Cooperativa de APR se encuentre en trámite y no exceda los 12 litros por segundo, la DGA podrá autorizar el uso del agua de manera transitoria”, explicó el director de la DGA.

En este sentido, Sanhueza también explicó que antes de esta reforma “la DGA estaba obligada a constituir un derecho respetando estrictamente el orden en que habían sido solicitados y estaba impedida de priorizar algún uso. Ahora, con esta modificación, la DGA al hacer el análisis de constitución de derecho en los lugares donde todavía existe disponibilidad, debe considerar un estándar superior como es el consumo humano, uso doméstico de subsistencia y saneamiento, y velar siempre por la preservación ecosistémica”.

El Comité de Agua Potable Rural de Zapahuira-Murmuntani, que atiende a 326 personas, es el primero en recibir este beneficio en la región de Arica y Parinacota y en toda la macrozona norte.  Anteriormente, se entregaron tres autorizaciones en la región de La Araucanía. 

Las familias beneficiadas principalmente se dedican al negocio de la alimentación y atienden aproximadamente a mil personas mensualmente que transitan por la ruta internacional 11-CH, que une la ciudad de Arica con el paso internacional Tambo Quemado en la frontera con Bolivia. En este sentido, Julia Humire, vecina de Zapahuira, expresó que “es una alegría poder contar con agua potable, se podrá atender mejor y con mayor comodidad a los clientes que pasan por la carretera internacional. Nosotros nos instalamos a principios de los 70 en el lugar con un restaurante y desde ahí que llevo esperando por el agua, por lo que quiero agradecer al Gobierno del presidente Gabriel Boric, por haber logrado este proyecto tan importante”.   

Hasta ahora, el suministro de agua a cada familia del sector lo realiza el municipio con un camión aljibe. Es por este motivo que en noviembre del año pasado, el Comité de APR inició el trámite para solicitar un derecho de aprovechamiento de aguas de 0,5 litros por segundo para abastecer de forma constante el APR y satisfacer las necesidades de la población. 

El permiso otorgado tiene una vigencia de un año durante la tramitación del derecho de aprovechamiento definitivo. En este periodo, el uso del agua es exclusivo para consumo humano y saneamiento y el Comité de APR tendrá la obligación de instalar un sistema de medición, según el programa de Monitoreo de Extracciones Efectivas que ejecuta la DGA, con el fin de medir sus extracciones e informar a la DGA.

Otros beneficios para los Comités de APR

A la autorización transitoria de extracción de agua mientras se tramita el derecho definitivo, se suman otros beneficios para los Comités de APR o Servicios Sanitarios Rurales. Es así que para asegurar el consumo humano podrán extraer agua de pozos cavados en el suelo propio de la organización, de algunos de los integrantes de ella, o en terrenos del Estado, informando a la DGA la existencia y la ubicación de dichas obras. 

Además, en los casos en que se haya solicitado un derecho de aprovechamiento de aguas con el fin de garantizar el consumo humano, saneamiento y uso de subsistencia, pero no exista disponibilidad para constituirlo, la DGA podrá proponer al presidente de la República la constitución del derecho y no pagarán patente por no uso de las aguas los derechos de aprovechamiento de aguas inscritos a nombre de un Comité u otra Asociación de Agua Potable Rural o de Servicios Sanitarios Rurales. 

Por último, no se aplicará la causal de caducidad de los derechos otorgados a los Servicios Sanitarios Rurales que no hayan sido inscritos en el Conservador de Bienes Raíces, sin perjuicio de hacerlo.

 

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